Un
fallo de la justicia dispuso que no se puede vulnerar el derecho al
trabajo, y que hacerlo “es un acto infrahumano”. Además, considera la
precarización laboral como un fraude contractual. La medida fue tomada
por un cautelar presentada por el sindicato ATE Capital.
A raíz
de los despidos masivos en el Estado, desde el Consejo Directivo de la
Asociación de Trabajadores del Estado de la Capital Federal (ATE
Capital) se presentó una medida cautelar con el objetivo de retrotraer
la cesantía de una trabajadora de la Superintendencia de Seguros de la
Nación. En respuesta a ese reclamo, el Juez Julio Armando Grisolia,
falló a favor del gremio y ordenó la inmediata reincorporación de Johana
Lezcano, quien trabajaba en ese organismo desde hacía dos años.
El magistrado de primera instancia argumentó que “el
derecho a trabajar es una de las bases sobre las que se asienta
jurídicamente una sociedad democrática y que el derecho al trabajo no se
agota en la libertad formal de trabajar, sino también en su realización
efectiva a un puesto de trabajo”. Así, la sentencia expedida el
pasado lunes 6 de junio, tiene un carácter sin precedentes y representa
una jurisprudencia para futuros reclamos de este tipo.
En el
mismo sentido, para Grisolia, los precarios modos de contratación en el
Estado y todos aquellos que no correspondan a la planta permanente son
una modalidad fraudulenta. Es por ello que en su expedición alegó que la
trabajadora de la Superintendencia de Seguros es una “víctima del fraude laboral, ya que ingresó bajo un contrato de asistencia técnica”.
Es
la primera resolución judicial con respecto al decreto 254/15 firmado
por el presidente Mauricio Macri, el cual establece la revisión de todos
los contratos de los trabajadores del ámbito público. En base a esto,
desde ATE Capital explicaron que el fallo brinda la
posibilidad de abrir una mesa de negociación por los más de 11 mil
despidos que se registran en la planta del ámbito público nacional.
Si bien
existen antecedentes de relevos retrotraídos, tal como los del Senado y
de la AFSCA, el veredicto es inédito puesto que no se basa en los
argumentos de persecución ideológica y despidos injustificados, sino que
determina como prioridad el derecho universal del trabajo.
De
este modo, la resolución de Grisolia ratifica la necesidad de que
exista una estabilidad laboral para el trabajador, basándose en el art.
14 bis de la Constitución Nacional. Tras dicho fundamento el juez
dictaminó: “este ser humano no puede ser víctima ni botín de guerra
de nadie, por lo que se impone el cese de la conducta infrahumana y
abusiva”.
Por su parte, Daniel Catalano, Secretario General de ATE Capital explicó que “este
fallo de la Justicia posee una particular importancia porque ratifica
todos los argumentos que desde nuestro gremio venimos sosteniendo desde
el primer momento”, y le reprochó al gobierno nacional gobernar a través de una “política de desconocimiento de los derechos básico de cada ciudadano y un absoluto desinterés por la persona humana”.
“Vamos a seguir trabajando en el proyecto de ley de regularización del empleo público y continuar con las denuncias al gobierno, tal como la que presentamos ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el respaldo de las dos CTA”, advirtió Catalano. Luego agregó que “este fallo nos da un respaldo jurídico para luchar contra las prácticas desleales de ajuste, precarización y despidos masivos con las que los funcionarios de Cambiemos están operando”.
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