23 oct 2006

SOBISCH RECIBIO A ATEN ... Y LE IMPUSO TODOS SUS RECLAMOS

NO ES UNA MESA, SINO LA CAMA DEL GOBIERNO.

Las sucesivas mesas de consenso abiertas entre ATEN y el gobierno luego de la pasada huelga, están muy lejos de ser una instancia donde el sindicato hace sus planteos reivindicativos ante la patronal, para ser una mesa donde la patronal lleva sus reclamos ante el sindicato e impone sus condiciones. La reunión con Sobisch el 18 de octubre ha llevado esta situación al extremo.

De eso no se habla.
La dirección de aten quedó rehén de las imposiciones del Gobernador.
Respecto a los sumarios contra los directores y la Resol. Nº 163 Sobisch dejó claro que estaba "en manos de la Justicia".
No puede una directiva sentarse con el gobierno si tiene la espada de Damocles pendiendo sobre la cabeza.
Los directores sumariados forman parte de la propia estructura de la organización. De hecho es así porque son todos delegados de aten y el gobierno logró un fallo judicial de exención de la tutela sindical.
Es decir, la espada de Damocles pende sobre la propia organización gremial.
Esta dirección fue de rodillas a “negociar” con Sobisch y ni le recordó, que el gobierno puede anular la Resolución 163 y dejar sin efecto los sumarios y sanciones a los directores (es una resolución política, el gobierno es el denunciante y puede levantar la acusación). Como se ve esto no "está en manos de la Justicia", sino que depende de su facultad.
Lo mismo ocurrió con el reclamo de recomposición salarial: Sobisch los mandó a hablar con Morán. ¡¡¡Pero de hablar con Morán vienen, y éste dijo que para hablar de salarios había que reunirse con el gobernador!!!.
Como pelotita de ping-pong los dirigentes fueron peloteados entre Sobisch y Morán. En tanto el salario sigue en los niveles de pobreza.

De esto sí se habla.
Pero el punto central del interés de Sobisch sí que estuvo sobre el tapete. El gobernador se explayó largamente sobre la reforma "antieducativa" que Morán presentará en los próximos días (y que la dirección de ATEN acordó darle tratamiento en el acta acuerdo del 8 de agosto).
Por eso, luego de dejar bien claro ante la dirigencia de ATEN de qué se trata la "innovación educativa", le reclamó garantías para que las asambleas del sindicato se subordinen a la política que la mayoría oficial hará aprobar en el CPE. Que no puede existir una contradicción entre las resoluciones del CPE (que para Sobisch es la máxima expresión de la "democracia"), y las resoluciones del sindicato.
De modo que Sobisch se dio el gusto de sacarse la foto (y de paso macanear de lo lindo sobre su espíritu de diálogo) y dejar planteado ante ATEN todos sus reclamos, que se resumen en la necesidad de frenar el rechazo de los trabajadores de la educación a las reformas antieducativas.

Flojito de papeles.
Sobisch se presentó como un abanderado de la escuela pública. Incluso en su afán de presentarse como contrario a la Ley Federal llegó a admitir que su decreto de "no aplicabilidad", en realidad era una medida "flojita de papeles", ya que la Ley Federal como norma nacional tiene mayor rango jurídico que un decreto ó una ley provincial.
Más flojita de papeles es la Res. 163 del CPE que viola, ya no una ley nacional, sino derechos constitucionales (art. 14 bis).
Si bien fanfarronea con la Ley Federal (un fracaso que ni Filmus defiende), no dice lo mismo respecto a las leyes de Financiamiento Educativo y de Educación Técnica, que su ministro Morán votó con las dos manos en el Consejo Federal de Educación.

LLegar a fin de año.
El gobernador, que ya admite públicamente que es un gobernante en retirada (su campaña presidencial es un rotundo fracaso y su pollo no va a ganar la interna del MPN), busca llegar sin sobresaltos al 2.007.
Las mesas de consenso con ATEN (y con los otros sindicatos) tienen por objetivo ganar tiempo. Por eso se anuncian fechas de reunión y luego se postergan. Y pasan los meses.
Filmus sin embargo ha decidido no perderlo. Anunció que “antes de fin de año” la Ley ya está votada (Río negro 20/10).
Pero tiempo es también lo que explicaron que necesitan los dirigentes de ATEN. Daniel Huth y las vocales gremiales en el CPE lo dijeron con todas las letras: la propuesta de "innovación educativa" para que pueda ser consensuada con la base, necesita tiempo.
La misma estrategia de Yasky en CTERA: con un planteo que intenta desviar los verdaderos males de la educación, pretende que los trabajadores de la educación entremos como por un tubo a colaborar con propuestas y currículas "participativas".
Muy bien le vendrá al gobierno mostrar que esta vez la Segunda Ley Federal de educación entró a las escuelas de la mano de los propios trabajadores de la educación.
La conducta de la dirección en la reunión con Sobisch y Morán es la prueba concentrada de una política que ha puesto al gremio bajo las condiciones del gobierno manteniendo la mesa de "negociación".

Congreso Nacional de la Educación contra la Política Educativa de Kirchner-Filmus.
El Congreso del 27 y 28 se propone enfrentar la política del gobierno expresada en la Segunda Ley Federal y el Plan de Innovación de Morán.
Como trabajadores tenemos un pliego de reclamos que tienen mucho que ver con la educación: presentismo y demás las sumas fijas al básico y salario para cubrir la canasta familiar, defensa de las conquistas del Estatuto, clases sin superpoblamiento, presupuesto, a planta todos los contratados y subsidiados, construcción masiva de jardines integrales (para que se cumpla la escolaridad a partir de los tres años), edificios en condiciones y comisiones de seguridad edilicia e higiene votadas por los propios trabajadores en cada establecimiento, reorganización de la educación bajo control de los trabajadores.
Sin estos reclamos, el debate sobre educación no sale del marco pedagogicista sin salida al problema real. No tenemos nada que debatir sobre la propuesta de Kirchner-Filmus y Sobisch-Morán.
El Congreso del 27 espera al sindicato que sostuvo una heroica huelga este año y es la oportunidad para organizar un plan de lucha a nivel nacional contra la tregua y entrega de Yasky en CTERA.
Pero si bajo las actuales conducciones está progresando esta contra reforma educativa impuesta con cada acta de la mesa de negociación, no nos asombra que no convoquen a asambleas, ni a la jornada institucional del 26 de manera conjunta. Y como para la marcha Federal sólo pagarán los pasajes de los 8 Congresales a CTERA.
Para tomar la lucha en nuestras manos los representantes de Yasky en Neuquén deben irse.
Con EL FRENTE. La SEGUNDA LEY FEDERAL DE EDUCACION NO PASA.

PRÓXIMO CORREO:
Carta de Apoyo al Frente.
Lista completa de candidatos.

Como verás estamos frente a una importante lucha política. Por ello y para ambas elecciones te necesitamos no sólo con tu voto sino como fiscal. Sumáte al grupo de apoyo que funciona martes, miércoles y viernes de 18hs a 20hs en Santa Cruz 327
Tel.4474438 o Cel.155085065.

1 comentario:

Anónimo dijo...

AMOS JUAN COMENIUS
PAULO FREIRE
PROFESOR EDUARDO MARCELO COCCA jpg

Titulo
El Profesor Universitario
Autor
Eduardo Marcelo Cocca
Resumen
Debemos tener en claro, si queremos una educación universitaria artesanal, amateur, o una educación en manos de verdaderos profesionales de hecho y de derecho, como corresponde y nos merecemos, y sobre todo en un país en serio, donde debe reinar por encima de todo el Estado de Derecho, al todos debemos propender para que su ejercicio, no sea una expresión de deseos, sino una realidad, a la que todos sin ninguna duda aspiramos.
Lo habitual, tanto en universidades publicas como privadas y con la anuencia de sus autoridades, los Profesores Universitarios, son solamente de hecho, detentan una carrera de grado y tanto ellos como las autoridades, consideran suficiente merito para habilitarlos como profesores, en abierta contradicción con las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, L.E.S. Art.. 36, Código Penal, etc.
Palabras claves
Usurpación de Titulo, Profesor Universitario, Estado de Derecho
Fecha de envío
24/11/06
Fecha de recepción
24/11/06
Introducción
Desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos frente a una flagrante violación de la ley, delitos penales incluidos, creo que no es necesario recordar que todo ciudadano tiene obligación de conocer la ley, ni que decir si se trata de letrados.
Desgraciada y alegremente tanto participes necesarios, como autoridades que nombran en estos puestos, están incursas en el delito, recordar el CP, cuando nos dice aquel que designe a alguien sin titulo suficiente, podemos cerrar los ojos o mirar para otro lado, tal como hemos hecho hasta ahora,pero después nonos quejemos de los resultados o busquemos chivos expiatorios en la escuela secundaria, cuando el verdadero problema, núcleo de esta cuestión es la universidad misma, que claro, manejada por amateurs y no verdaderos profesionales, titulados los resultados no pueden ser otros que los que se exhiben, lamentablemente.
Desarrollo
El Estado Nacional, a través del Ministerio de Educación otorga como corresponde, autorización a diferentes universidades publicas y privadas, el permiso para el post- grado de Profesor Universitario y posterior otorgamiento del titulo correspondiente, luego de cursada y aprobada la curricula especifica de la carrera.
Ahora bien, la gran mayoría de los profesionales que ejercen como docentes universitarios, salvo raras excepciones, carecen del titulo de Profesor Universitario.
El Profesor Universitario, cuando esta en clase frente al alumnado, no esta en calidad de abogado, juez, medico, ingeniero, etc., sino cumpliendo la función y desempeñando el rol de Profesor Universitario, y para lo cual y se cae de maduro que su carrera de grado no es suficiente para el ejercicio profesional como Profesor Universitario, tal como lo marca el sentido común y las regulaciones de las leyes.
Prima facie, estos profesionales, sin titulo de Profesor Universitario, estarían alcanzados por el Art.. 246.- inc.1.-Usurpación de Títulos.-del Código Penal, que dice:el que ejerciera o asumiere funciones publicas sin titulo.- Art., 247.- Según ley 24527.- Usurpación de Títulos,- Código Penal.- que dice: el que ejerciere actos propios de una profesión......, sin poseer titulo...... y luego dice: el que se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
La ley de Educación Superior N* 24521, Art.. 36, nos dice: los docentes de todas las categorías deberán poseer titulo universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia.........,o sea que si ejercen como Profesor Universitario, tal como taxativamente lo marca la ley, deberán tener titulo de Profesor Universitario, además del titulo de la carrera de grado que lo habilita en la especialidad.
Las universidades otorgan el titulo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos. Le recuerdo aunque parezca una verdad de Perogrullo, para acceder al titulo de Profesor Universitario, hay que cursar y aprobar una determinada curricula. La ley de Educación Superior, que la que norma, contiene y da marco legal a las universidades, ni aun en el párrafo referido a la autonomía universitaria, no dice en ninguna parte que estas puedan nombrar a cualquier profesional con titulo insuficiente como Profesor Universitario.
Desde el punto de vista del Derecho, supongamos que alguien que ejerce la profesión de Abogado, pero no sabe que es el Código Civil, ni quien fue Vélez Sarsfield, con toda seguridad ningún letrado aceptaría esta situación,sin embargo la mayoría de los Profesores Universitarios ( de hecho ), no saben quien fue Amos Comenius, ni que decir de su " Didáctica Magna ", o incluso mas en nuestros días, el colega Abogado y Pedagogo Paulo Freire, quizás el mas importante en la historia de la educación latinoamericana, con su celebre texto " La Pedagogía del Oprimido ".
El Profesor Universitario, tiene la obligación de conocer, perfecta y profundamente, las corrientes didácticas imperantes, para que de acuerdo con su leal saber y entender, y luego de todos los análisis pertinentes, se enrolaren en la corriente conductista, humanista, constructivista o mixta, o incluso alguna elaboración personal basada en conocimientos que los especialistas elaboraran día a día, para aquellos a los que de verdad nos importa la educación universitaria abrevemos.
Lo mismo sucede con cual es la metodología de enseñanza, que aplicaremos con el alumnado, será lineal, concéntrica o espiralada, el manejo de cualquiera de estas técnicas, debe ser algo tan habitual para el verdadero profesional, que cumple el rol de Profesor Universitario, como el hablar o escribir para cualquiera de nosotros.
Lo expuesto hasta aca, no llega a ser ni la punta del iceberg
Entonces señores de una vez `por todas a llegado el momento de ponernos los pantalones largos, y que asumamos como no puede ser de otra manera, que no se puede ejercer una profesión, ni ser un profesional de la misma sin titulo habilitarte.
Como colofón y para dejar palmariamente demostrado todo lo expuesto hasta aquí, digamos que todos los meses cobramos una limosna, a la que las universidades llaman sueldos, y las remuneraciones son en concepto de Profesor auxiliar, jtp, adjunto, asociado o titular, insisto a cualquiera de estas categorías llegaron por una varita mágica que los designo inmerecidamente contra de todas las leyes del sector incluso reitero el Código Penal, que en este caso no cumple su función preventiva como debería y todos estamos esperando el irrestricto cumplimiento de la norma
Conclusión
Seria deseable, que las autoridades competentes y dando un plazo de 24 o 36
meses, para que los actuales Profesores Universitarios de hecho, se conviertan en Profesores Universitarios de Hecho y de derecho, para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
Temas a debatir
Profesores Universitarios de hecho o de hecho y de Derecho
Profesores Universitarios Profesionales de la educación o amateurs de la educación universitaria
Bibliografia
Ley de Educacion Superior Nro. 24521
Codigo Penal Argentino

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Posted by PROFESOR COCCA to PROFESOR COCCA at 11/25/2006 12:19:00 PM