Mientras
te saqueaban y despojaban, práctica iniciada por el gobierno anterior y
continuada por el actual, ante la denuncia y el reclamo del negociado
con Chevron e YPF nos acusaban de “hacerle el juego a la derecha”. Sin
embargo las políticas que implementaron, consolidaron una práctica
colonial contraria a los intereses del Pueblo y de la Patria.
«...Resulta inexplicable la existencia de ciudadanos que quieren
enajenar nuestros depósitos de petróleo acordando concesiones de
exploración y explotación al capital extranjero, para favorecer a éste
con las crecidas ganancias que de tal actividad se obtiene, en lugar de
reservar en absoluto tales beneficios para acrecentar el bienestar moral
y material del pueblo argentino. Porque entregar nuestro petróleo es
como entregar nuestra bandera...»
(Gral.Enrique Mosconi)
A
continuación un informe especial elaborado por Alejandro Olmos Gaona,
hijo del principal investigador sobre la composición de la deuda externa
argentina, investigador, historiador, autor de numerosos libros y Ex
Asesor del Ministerio de Finanzas del Ecuador. Ex Asesor del Presidente
de la República del Ecuador, Don Rafael Correa Delgado. Fue designado
por el Presidente del Ecuador Rafael Correa, como miembro de la Comisión
para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC) y prestó
asesoramiento al gobierno del Ecuador hasta diciembre del 2008.
EL CONTRATO ENTRE YPF Y CHEVRON
Después de una ardua batalla de tres años, finalmente YPF S.A. entregó
el contrato celebrado con Chevron. El conocimiento de ese contrato fue
negado por la anterior administración, quienes lo firmaron el mismo día
que la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner emitió el Decreto
929/2013, autorizando ese tipo de contrataciones. El conocimiento del
contrato no solo fue negado antes de este año, sino que al acceder el
gobierno de Mauricio Macri, se le dio a YPF S.A. instrucciones para que
no mostrara el contrato, desconociendo la sentencia de la Corte Suprema
de Justicia, que había ordenado a la empresa diera una copia del mismo.
Más allá de los discursos y las falsas solidaridades, hay que recordar,
que el gobierno de la Sra de Kirchner, tuvo principalísima actuación,
para que se levantara el embargo sobre todos los activos de Chevron, que
había solicitado la justicia ecuatoriana a la justicia de nuestro país,
para permitir la firma del contrato No importaron en absoluto los daños
al ambiente y a poblaciones enteras del Ecuador causados por la acción
de la empresa estadounidense.
Cabe apuntar, que después del fallo de
la Corte, y mostrando un absoluto desprecio por las normas legales y
procesales, el Dr. Luis Rodolfo Bullrich, del estudio Nicholson y Cano,
contratado por YPF, realizó todo tipo de presentaciones para dilatar la
presentación del contrato, llegando al extremo de interponer un nuevo
recurso extraordinario, que fue rechazado, ordenando la Cámara
Contencioso Administrativo Federal, el allanamiento de la empresa y el
pase a la justicia penal por desobediencia, determinando finalmente que
no tuvieran otra alternativa que exhibir el contrato.
Lo ocurrido
es un claro ejemplo de la falta de respeto que tiene el gobierno a las
decisiones judiciales que involucran a empresas privadas extranjeras, lo
que no debe extrañar, ya que el Ministerio de Energía y Minería tiene
como sus principales responsables, además del Ministro Aranguren (ex
Shell) a todos ex funcionarios de petroleras extranjeras
Aunque no hemos tenido tiempo, para un debido análisis del contrato, surgen como elementos fundamentales:
1.- La realización de un complejo entramado de offshores, con el
objetivo de diluir cualquier responsabilidad de Chevron, sobreviniente
del contrato. Tales sociedades son:
a) Wokler Investment S.A. (Holding) con domicilio en la República Oriental del Uruguay.
b) YPF Shale Oil Holding LTD, con domicilio en Bermuda.
c) TOMADOR YPF Shale Oil Investment I con domicilio en el estado de Delaware (Estados Unidos de Norteamérica)
d) SUBTOMADOR YPF Shale Oil Investment II,con domicilio el estado de Delaware (EE.UU)
e) SUBCONCESIONARIO Compañía de Hidrocarburo no Convencional SRL (Chevron)
2.- No se trata de un contrato de inversión, por el cual Chevron
invierte a riesgo en Vaca Muerta, sino un contrato de préstamo, por el
cual Chevron entrega sumas de dinero, con una tasa del 7% de interés, y
el establecimiento de eventuales punitorios, e YPF compromete el 50% de
las ganancias netas de la producción por los pozos perforados del
proyecto con anterioridad a la fecha de ese acuerdo en lugar de la
amortización de los préstamos.
3.- Derecho de participación en la
Concesión del subconcesionario, en un equivalente al 50% de tal
concesión y sus activos, incluida la producción.-
4.- Prenda de
las acciones de cada una de las compañías detalladas a favor del
prestamista, junto con un poder especial para transferir las acciones.
5.- Compromiso de transferir el 50% de todos los derechos de
explotación de hidrocarburos en el área del Proyecto, otorgadas a
cualquiera de las sociedades vinculadas con posterioridad a cualquier
revocación o pérdida de la concesión que se realice dentro del período
de 10 años posteriores a la extinción de la concesión
6.- El
tomador y el subtomador de los préstamos arbitrará todos los medios que
sean comercialmente razonables para operar y proveer a que Holdings
Bermuda, el tomador y el subtomador operen de modo tal de evitar quedar
sujetos a impuesto en o por una autoridad gubernamental
7.- El
tomador se asegurará que el subconcesionario instruya de forma
irrevocable a los compradores de todos los hidrocarburos vendidos o
exportados por el subconcesionario desde la Argentina a pagar todos los
montos exigibles en una cuenta a nombre del subconcesionario en Nueva
York que esté sujeta a un acuerdo de control del prestamista (Chevron).
8.- En caso de no poder comprar dólares o transferirlos al exterior por
disposiciones legales u otros motivos se podrá aceptar el pago en
dólares mediante la venta por parte del subconcesionario de Bonos
Externos de la Argentina.
9.- Sometimiento a la legislación del
Estado de Nueva York, y a la jurisdicción de los tribunales de París, en
caso de controversia.
10.- Renuncia en forma irrevocable a
cualquier derecho de inmunidad a los que pudiere tener la empresa en
cualquier proceso legal que proteja sus bienes, en razón de su mayoría
accionaria estatal.
11.- Garantía de transferencias de divisas al
exterior, independientemente de posibles restricciones legales que
puedieran existir.
12.- Se garantiza la participación de Chevron
en el 50% de la Concesión de Vaca Muerta, pero sin involucramiento
directo sino a través de otras entidades, lo que le garantiza inmunidad
en cualquier conflicto que devenga de la ejecución del proyecto.
13.- Ausencia total de riesgo empresario.
14.- Los contratantes son YPF Shale Oil Investment I LLC, con sede en
el Estado de Delaware (paraíso fiscal) y Chevron Overseas Finance
Limited, con sede en las Bermudas, que aparece como prestador.
15.- Existen otros contratos derivados de este que no se han dado a
conocer, debido a lo cual hay que realizar una nueva demanda judicial, a
los efectos de que se exhiban los mismos.
16.- El contrato está
redactado en idioma inglés, ya que ni siquiera se ha tenido la cortesía
de un ejemplar en castellano, lo que es lógico, ya que aunque se dispone
de bienes públicos, la que contrata es una offshore con domicilio en
Estados Unidos.
Un comentario final relevante, es la continuidad en
la negativa a mostrar este contrato secreto por parte de la actual
administración, que siguiendo los mismos criterios del kirchnerismo,
utilizó todos los recursos posibles, aún el desconocimiento de la orden
de la Corte Suprema, para no darlo a conocer.
Pero este es el
principio de una lucha para llegar al final de este entramado oscuro de
distintas sociedades, y en razón de ello acabo de solicitar a YPF S.A. a
que me entregue los contratos de las otras sociedades involucradas.
Como se descarta la negativa a hacerlo, habrá que iniciar un nuevo y
largo proceso judicial para lograrlo
ALEJANDO OLMOS GAONA