23 nov 2007

EL PARTIDO OBRERO PRESENTA SU PROYECTO DE LEY EN LA LEGISLATURA

POR LAS SEIS HORAS PARA CHOFERES Y TAXISTAS

El Partido Obrero presentará en la Legislatura porteña un proyecto que apunta a dar salida a la crisis del tránsito y de la seguridad vial desde el punto de vista del interés público: establece, por ley, una jornada laboral de seis horas para los choferes de taxis y colectivos, sin afectar el salario actual de estos trabajadores.

La seguridad en el tránsito no está determinada por la 'imprudencia' de choferes de colectivos o de taxis, sino por un régimen de transporte público que privilegia el beneficio del capitalista y no la seguridad del público ni de sus trabajadores.
La seguridad en el tránsito depende de las condiciones de trabajo de los que atienden esa seguridad. Para eso es necesario que los trabajadores del volante cumplan jornadas que no excedan las seis horas, sin afectar el salario, y que puedan controlar las condiciones de las unidades que manejan y las condiciones en que lo hacen.

Presentamos este proyecto para promover un debate y una movilización entre los trabajadores del transporte. Convocamos también a los usuarios a defenderlo: será un primer paso para la reorganización del sistema del transporte a partir del interés público.

El lunes 26 de noviembre, una delegación del PO concurrirá a la reunión conjunta de las Comisiones de Tránsito y Justicia de la Legislatura, donde está previsto debatir la ley de los "puntajes". Allí, presentaremos nuestro planteo y el proyecto de ley que adjuntamos.


Marcelo Ramal


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Proyecto de Ley

Artículo 1°. Se dispone la jornada de 6 (seis) horas diarias y 36 (treinta seis) semanales para todos los trabajadores que se desempeñan como choferes del transporte público automotor de la Ciudad, en sus modalidades de ómnibus de corta distancia (colectivos) o taxímetros. Queda comprendido en esta modalidad el personal de toda empresa de transporte cuyos recorridos transiten, total o parcialmente, a la Ciudad de Buenos Aires, con independencia de la residencia física o legal de sus cabeceras de línea.

Artículo 2°. Entre la finalización de un turno y el comienzo del otro no podrá haber menos de 16 horas. El personal deberá tener, dentro de cada ciclo de 7 días, un descanso hebdomadario no inferior a 38 horas.

Artículo 3°. La aplicación de la presente ley reducirá la jornada laboral sin afectar el salario que en ningún caso será inferior al percibido hasta la aplicación de la misma, incrementándose el salario horario en la proporción correspondiente.

Artículo 4°. La jubilación de los trabajadores comprendidos en la presente ley se hará efectiva a los 55 años por realización de tarea insalubre.

Artículo 5°. Por la presente, se constituye una Comisión Obrera de Seguridad, Higiene y Salubridad en el transporte. La misma estará encargada de controlar el cumplimiento por parte de las empresas de las normas de higiene y seguridad vial, de mantenimiento y aptitud de las flotas de vehículos y de cumplimiento de las normas laborales previstas en esta ley .

Artículo 6°. La Comisión que dispone el artículo 6° de la presente ley se constituirá con tres miembros votados en elección directa por los peones de taxis de la Ciudad, y otros tres por los choferes del autotransporte colectivo. Los seis integrantes gozarán de los mismos fueros que los delegados gremiales.

Artículo 7°. La aplicación de la presente ley no podrá ser compensada económicamente por la empleadora por ninguna forma de flexibilidad laboral que aumente el ritmo de trabajo y por lo tanto agrave las condiciones de insalubridad propias de la tarea.


Artículo 8°. De forma.


FUNDAMENTOS



El presente proyecto apunta a una salida a la crisis del tránsito y de la seguridad vial desde el punto de vista del interés público: establece, por ley, una jornada laboral máxima y obligatoria de seis horas para los choferes de taxis y colectivos en la Ciudad de Buenos Aires, sin afectar el salario actual de estos trabajadores.

La presente crisis del tránsito tiene una clara raíz social: es el resultado de un sistema de transporte organizado a partir del lucro y del interés privado. En primer lugar, ello se manifiesta en un régimen laboral extorsivo. Para conformar un salario, el chofer de taxis o colectivos debe realizar jornadas de doce o catorce horas, lanzado a la búsqueda desenfrenada de pasajeros y al cumplimiento de frecuencias irrealizables.

-El salario básico del chofer de colectivos sólo representa el 50% de su ingreso de "bolsillo". El resto, se conforma con premios o adicionales por el número de vueltas realizadas o boletos vendidos. Existen empresas que excluyen del "premio a la producción" a los cinco o diez choferes peor rankeados en el número de boletos vendidos. Es decir que incentivan a una competencia feroz entre trabajadores, con riesgos para la vida y la seguridad de ellos mismos, de los pasajeros y de los peatones.

-Los peones de taxis, que representan más del 70% de los vehículos de alquiler, trabajan turnos de 12 horas y seis días por semana. Con ese ritmo, sólo cubren el 70% de una canasta familiar, además de no percibir ni aguinaldo, ni vacaciones ni indemnización por despido. Para mejorar sus ingresos, las grandes mandatarias de taxis le "ofrecen" trabajar el séptimo día de la semana, a un porcentaje algo mayor.

La Legislatura pretende una "reforma" del Código de Transito sin aludir, siquiera, a un régimen laboral que atenta contra la seguridad vial. En cambio, quiere convertir en culpables a las víctimas, sometiendo a un régimen punitivo a los trabajadores del transporte. En vez de sancionar a las patronales y superar sus abusos, los bloques de la Legislatura han constituído un nefasto "consenso", que encubre a un grupo de empresarios y victimiza a los choferes.
Las direcciones sindicales concurrieron a la Legislatura a proponer reformas menores o cosméticas a este régimen de penalizaciones. Lo que no hicieron, en ningún caso, es plantear los derechos de los choferes y denunciar los abusos patronales. Pero son ellos, precisamente, quienes firmaron los convenios de actividad que incluyen las modalidades descriptas de trabajo a destajo, como régimen salarial normal.

En oposición al régimen punitivo planteado por la Legislatura, el Partido Obrero plantea establecer, como primera medida, la jornada obligatoria de seis horas para todos los choferes y taxistas que trabajan en la Ciudad. Es una jornada compatible con las condiciones de extrema tensión que cualquier conductor, particular o profesional, debe soporta bajo el tránsito actual. Esa jornada no debe implicar reducción alguna en los salarios de bolsillo actualmente percibidos. El salario debe significar, como mínimo, el costo actual de la canasta familiar, que es estimado en los $.2500.

De ese modo, el salario de quienes presten el servicio público de transporte resultará independizado de los "indicadores de rendimiento", que hoy obligan al chofer a acelerar los tiempos y a cometer de infracciones. Esta pauta salarial y laboral obligará, por cierto, a revisar los convenios laborales, derogando cualquier cláusula general o particular que se oponga a este régimen.

Este proyecto tiene un claro antecedente: el que presentó nuestro Partido en el año 2001, propugnando la jornada laboral de seis horas entre los trabajadores del subte. Ese proyecto fue votado en 2002 por más de los dos tercios de la Legislatura, luego vetado por el entonces Jefe de Gobierno y finalmente impuesto por la movilización de los trabajadores de Metrovías.

El Partido Obrero presenta este proyecto con el mismo objetivo: promover un debate y una movilización entre todos los trabajadores del transporte, en sus cuerpos de delegados y asambleas de línea, contra la liquidación del salario básico y del convenio colectivo. Al régimen punitivo de los "puntajes", opongámosle la lucha por la jornada de seis horas. Convocamos a los usuarios y a todo el pueblo a defender este proyecto: será un primer paso para la reorganización del sistema del transporte a partir del interés público, y para que dejemos de ser rehenes de un puñado de monopolios empresariales.

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