Una resolución rectoral le había dado 30 días hábiles a contar desde el 20 de noviembre. Otra le concedió otro tanto a partir del 1º de febrero. Ahora habrá una nueva postergación de 15 días hábiles contados a partir del 14 de marzo.
Los más de 200 reclamos presentados por trabajadores no docentes disconformes con el reencasillamiento llevado a cabo en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto, ahora tendrán que esperar hasta el 10 abril la resolución de la paritaria local. Así lo dispuso el rector Oscar Spada, a través de una resolución firmada el pasado 14 de marzo.
Una resolución rectoral del 16 de noviembre le había dado 30 días hábiles a contar desde el 20 de noviembre. Otra le concedió otro tanto a partir del 1º de febrero. Ahora habrá una nueva postergación de 15 días hábiles "para resolver todos aquellos reclamos producto del proceso de re-encasillamiento del personal no docente".
Entre las justificaciones, se menciona: "Que por la naturaleza y la complejidad de las tareas de referencia, a cargo de la comisión paritaria local del sector, se torna necesario contar con una ampliación de 15 días hábiles".
Una resolución rectoral anterior, precisamente la número 400 del 6 de julio del año 2006, establecía: "Luego de notificado el agente de su re-encasillamiento, podrá impugnar el mismo dentro del plazo de diez días ante la comisión paritaria local, que deberá resolver la impugnación dentro del plazo de 30 días, notificando al agente lo resuelto. Contra esta resolución el agente podrá interponer recurso por ante la comisión paritaria general, dentro del plazo de diez días de haber sido notificado de la resolución de la comisión paritaria local, quedando en esta instancia agotada la vía administrativa" .
Los trabajadores, que hicieron el reclamo formal, primero debieron someterse al veredicto de la paritaria local, luego podrán continuar en la paritaria nacional y por último en los tribunales federales.
Los sueldos marcan grandes diferencias entre las siete categorías y quienes se quejan consideran que no se respetó el carácter funcional que debía tener la definición de esta nueva estructura escalafonaria, cosa que está explicitada en uno de los considerandos de la resolución rectoral de julio del año 2006: "Se ha acordado por parte del CIN y la FATUN que el reencasillamiento debe ser funcional". En ese documento también se indicaba que se consensuaría y unificaría la metodología de trabajo para el análisis y readecuación de la planta no docente.
Este cuestionado reencasillamiento fue aprobado por la comisión paritaria de nivel general para el sector no docente, luego de lo cual el Rectorado notificó de manera individual a cada empleado la categoría que le corresponderá con el nuevo rediseño.
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