Buenos Aires, 12 de agosto de 2008
El próximo 21 de agosto se iniciará en los Tribunales de Comodoro Py el juicio a tres jefes de Subzona del Primer Cuerpo de Ejército, Alberto Pedro Barda, jefe de la Subzona 15 entre febrero del 76 y diciembre del 77, fue responsable de los CCD de Mar del Plata: Base Aérea, Base Naval, Comisaría 4ta, Destacamento de Batán, Escuela de Suboficiales de Infantería del Mar y el GADA Grupo de Artillería de Defensa Aérea. Se lo acusa solamente por la privación ilegal de la libertad y tormentos de Analía Magliaro, Jorge Candeloro y Marta García de Candeloro y del asesinato de los dos primeros. Hipólito Rafael Mariani y César Miguel Comes fueron jefes de la Subzona 16 desde febrero del 77 hasta enero del 78, el primero, y a partir de esa fecha y hasta febrero del 79, el segundo, y como tal, responsables de los CCD Comisaría de Morón, Brigada Aérea El Palomar, Mansión Seré y Hospital Posadas. A Mariani se lo acusa por la privación ilegal de la libertad y tormentos sufridos por Jorge y Juan C. Brid, Pilar Calveiro, Jorge Cardozo, Guillermo Fernández, Mario Galvano y Claudio Tamburrini y a Comes, por los mismos delitos cometidos contra Tamburrini, Américo Abrigo, Carlos García, Alberto Garritano, Moira López Arrieta y Daniel Rosomano, todos ellos sobrevivientes de Mansión Seré.
Las organizaciones querellantes en esta causa, parte del colectivo Justicia YA!, ya hemos manifestado nuestro desacuerdo con estos juicios parcializados que reproducen y son funcionales a la impunidad ya que así se diluyen las responsabilidades, se ignora el carácter masivo, planificado y organizado de la represión y se pretende poner en cabeza de unos pocos la responsabilidad del genocidio.
Pero además, en este caso, y tal como lo hizo en los juicios anteriores, el TOF Nº 5 planea no permitir el ingreso de la prensa radial y televisiva y seguramente también prohibirá a las Madres ingresar a la sala de audiencias con sus pañuelos y a los integrantes de los demás organismos de DDHH con los prendedores que los identifican.
Para solicitar la revisión de esos criterios restrictivos –a los que ya nos habíamos opuesto en ocasión del juicio contra Héctor Febrés- hemos presentado al TOF 5 el escrito que adjuntamos en el que requerimos su preferente y urgente resolución, haciendo expresa reserva de recurrir ante las instancias superiores dada la afectación de garantías fundamentales en cuanto al debido proceso.
Algunos de los argumentos de nuestra presentación son:
· La difusión de las audiencias es un derecho no sólo de las víctimas y de los imputados sino del pueblo en su conjunto ya que se trata de delitos que ofenden a toda la humanidad.
· La protección de los testigos no se logra con audiencias puertas adentro sino acelerando el desarrollo de las causas, disponiendo cárcel común a todos los genocidas y separando de las fuerzas armadas, de seguridad y de inteligencia a quienes se hayan desempeñado en posiciones de mando y/o en lugares donde funcionaron campos de concentración y exterminio. Tampoco la de los imputados, como quedó demostrado con el asesinato de Hector Febrés.
· La difusión de las audiencias puede permitir la identificación por parte de otras víctimas tanto de lugares de detención como de detenidos-desaparecidos y, muy especialmente, la individualización de represores. Impedirlo es funcional a la impunidad.
· La Constitución Nacional establece la publicidad de los actos de gobierno como mecanismo de control de los funcionarios actuantes y los jueces de la Nación no están excluidos.
· Los símbolos de la lucha por la vigencia de los derechos humanos expresan la resistencia a la dictadura y a la impunidad posterior. Nada más loable, nada menos ofensivo para el pueblo todo, a quien en definitiva favorece terminar con la impunidad vigente, que esos símbolos estén presentes en la sala de audiencias.
Justicia YA, Buenos Aires
justiciaya2004@yahoo.com.ar
Espacio abierto de coordinación de estrategias jurídico-políticas para impulsar las causas contra los genocidas integrado por: Asociación Anahí; Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos; Abogados Laboralistas de Izquierda (ALI); Asociación de Profesionales en Lucha (APEL); Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU); Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Comisión de Homenaje a los Desaparecidos y Mártires Populares; Comité de Acción Jurídica (CAJ); Comité de Defensa de la Etica, la Salud y los Derechos Humanos (CODESEDH); Comisión de DDHH de Uruguayos en Argentina; Comisión de DDHH del Partido Comunista; Comisión por los DDHH de Trenque Lauquen; Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI); Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina (FIDELA); H.I.J.O.S. Regional Oeste; Instituto de Relaciones Ecuménicas; Liberpueblo; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); Vecinos de San Cristóbal contra la Impunidad.
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