DOSSIER ELABORADO POR EQUIPO DE SOLIDARIDAD DE FIDELA
CAMPESINOS PARAGUAYOS PRESOS EN ARGENTINA
Reseña de lo ocurrido en Argentina
I.- Arístides Luciano Vera Silguero, Roque Rodriguez Torales, Simeón Bordón Salinas, Basiliano Cardozo Giménez, Agustín Acosta González y Gustavo Lescano Espínola, hoy presos en el penal de “Marcos Paz”, son hermanos paraguayos que participan junto a su pueblo de la legítima lucha cotidiana por una sociedad más justa.
Su peregrinar había comenzado en la Embajada Argentina en Paraguay, para luego ingresar a nuestro país, acompañados por su abogada, Dra. Talavera, con el fin de solicitar refugio político a causa de la persecución y represión indiscriminadas y arbitrarias sufridas por la organización que integran.
Se dirigieron primero al Ministerio de Relaciones Exteriores y luego al Cepare (Comité de Elegibilidad para Refugiados) para solicitar formalmente la protección referida.
Con el fin de fundamentar su pedido narraron la persecución violenta y arbitraria que, desde hace años, sufren ellos y todos los militantes del partido político paraguayo Patria Libre y los integrantes de distintas organizaciones campesinas.
El organismo argentino les expidió un certificado provisorio de reclamantes de refugio.
Cuando el gobierno paraguayo se anoticia de este pedido se apresura y, a través de un tribunal incompetente, en franca violación a garantías constitucionales esenciales, dicta la prisión preventiva de todos ellos, en el marco de una causa judicial absolutamente irregular (que comentaremos en el siguiente título), presionando inmediatamente al gobierno argentino para que sean expulsados.
El Cepare cita para el día 2 de mayo a dos solicitantes de asilo, que fueron acompañados por un tercer compañero. Allí ingresa la policía con la orden de INTERPOL y arrestan a los 3 dentro del Cepare. A otros dos los detienen en una modesta casa de Florencio Varela, teniéndolos más de dos horas en el piso sometidos a insultos, golpes y patadas. Y al último, cerca de su lugar de trabajo, a cientos de kilómetros, con helicópteros y sobreactuación en la detención, con Crónica T.V. incluida.
Ya detenidos en el penal de “Devoto”, les notifican que el 2 de mayo el Cepare (en tiempo récord) había resuelto denegar la solicitud de refugio político para todos ellos.
El argumento principal utilizado es que Paraguay es un país democrático, donde rige el Estado de derecho, lo que permite pensar en la legitimidad de los actos de Gobierno, incluido el Poder Judicial.
A esta altura vale mencionar, a modo de anticipo, que aún con la sintética información que se esgrime en el presente informe, quedará a todas luces probada la falsedad y perversión de la fundamentación usada por el organismo argentino, emergiendo indubitablemente la arbitrariedad de la decisión tomada.
Oportunamente fue apelado el acto administrativo que denegó el refugio, no existiendo a la fecha resolución del órgano superior.
II.- Por otro lado, se tramita el Juicio de Extradición ante el Juzgado Nacional en lo Correccional y Criminal Federal Nº 4, a cargo del Juez Ariel Lijo.
Este procedimiento debería tener como criterio esencial otorgarle a los requeridos la más amplia posibilidad de demostrar la situación que los obligó a huir de su país de origen, respetando así la letra y el espíritu de las garantías plasmadas en el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
Sin embargo, arbitrariamente ha sido rechazada la parte más importante de la prueba que la defensa ofreció con el fin de demostrar que, si se concreta la extradición solicitada por el gobierno paraguayo, los hombres que vinieron a nuestro país solicitando refugio quedarán expuestos a condenas arbitrarias, torturas y muerte, a manos de los verdaderos delincuentes que impunemente cometen terrorismo desde el poder. (Más adelante se desarrollarán los fundamentos de esta última afirmación).
Lamentablemente para los compañeros paraguayos y para todos los habitantes de nuestra Patria, las resoluciones emitidas por el juez Lijo muestran, una vez más, que en el Poder Judicial abundan los que ejercen la judicatura como una banca política más, importándole muy poco las normas, los hechos y las pruebas que los verifiquen y, menos aún, el destino de los hombres sometidos a juicio.
III.- Mientras todo esto sucede, Arístides Luciano Vera Silguero, Roque Rodriguez Torales, Simeón Bordón Salinas, Basiliano Cardozo Giménez, Agustín Acosta González y Gustavo Lescano Espínola siguen padeciendo, en la cárcel de Marcos Paz, el tormento de una prisión injusta y sin fundamento.
Es más, es dable mencionar que a pesar de estar detenidos sólo a los efectos del trámite de extradición y habiendo estado siempre a derecho, aún más, habiéndose presentado voluntariamente ante el gobierno argentino; les ha sido negada no sólo la posibilidad de la excarcelación, sino también, el alojamiento en alguna dependencia de la policía federal o gendarmería nacional, que suelen ser más adecuadas para estos casos.
Por tanto, a todo lo descripto anteriormente, se suma esta medida del Estado Argentino que agrava la situación personal de los requeridos, provocando otro daño irreparable e injustificado.
Más aún, teniendo presente que los mencionados debieron pasar, antes de ser trasladados al Complejo de Marcos Paz a donde hoy se encuentran, largos meses de detención alojados en el Penal de Villa Devoto, donde las condiciones en las que estaban escapaban a los más elementales derechos civiles y humanos.
La causa judicial tramitada en Paraguay
I.- La causa original se inicio cuando, en setiembre de 2004, es secuestrada, presuntamente por grupos cercanos al gobierno, la hija del ex presidente Cubas (asilado un tiempo en Brasil por estar imputado en el asesinato del vicepresidente Argaña).
Luego, con el devenir político, “inventan” a un testigo bien pagado que “era” miembro de esa agrupación, para que diga que había dos PPL: uno legal y otro colateral, que era el que tenía relaciones con las FARC y en sus manos el secuestro de Cecilia Cubas.
Asimismo, declaró que los que participaron en una reunión supuesta donde se hablaba en términos elípticos, dieron el punto final para el secuestro (luego del cobro de una parte del rescate solicitado) y la sentencia de muerte para la víctima. También declaró que él no estuvo de acuerdo con esa decisión, junto con otros entre los que se encontrarían los hoy requeridos por el Paraguay.
Luego se desdijo e incriminó a varios más, mientras sus comodidades materiales aumentaban en la medida de sus declaraciones.
Este es el único fundamento invocado en la causa para la acusación y encarcelamiento de los compañeros.
II.- Más allá de lo reseñado tan sucintamente, sólo será necesario mencionar algunos hechos que emergen de la causa original, que serán suficientes para dar una idea de la burda manipulación que vició la misma desde su inicio:
i.- Los compañeros se presentaron voluntariamente y no fueron considerados con responsabilidad alguna por parte del Juez de Garantías.
En su momento prestaron declaración y fueron puestos en libertad, ya que aún la acusación realizada por la fiscalía paraguaya, lejos de lo que luego se inventa, se tipifica como “omisión de aviso de un hecho punible”.
ii.- El juez de instrucción de la Nación Paraguaya, Doctor Pedro Mayor Martinez, en ejercicio de sus funciones, ante la evidencia absoluta de que los compañeros detenidos en Argentina no son autores del delito que hoy se les imputa rechazó, una y otra vez, tanto los pedidos de procesamiento como la posibilidad de encarcelarlos preventivamente.
iii.- En un exceso de sus atribuciones, sin explicación alguna, mediando el pedido de refugio realizado ante la embajada argentina primero y con posteridad directamente en nuestro país, la Cámara de Apelaciones pasa por arriba del tribunal legitimado procesalmente para tal resolución y dicta la prisión preventiva de los requeridos.
Claramente surge de las constancias de la causa judicial, que el señor Juez de Instrucción, a cargo de la investigación, estaba entendiendo en la producción de una prueba justamente favorable a nuestros asistidos en el marco de una resolución de la Alzada donde se había dispuesto la suspensión de todo tipo de medidas contra los aquí requeridos hasta la sustanciación de dicha prueba.-
iv.- En esas circunstancias, y aportando una limitada y acotada documentación, el Estado requirente pretende la extradición de estos hombres de bien.
Situación política y judicial en Paraguay
I.- Situación general
“(En la República del) ... Paraguay se produce un conflicto político, social y económico a partir de la tremenda situación de injusticia social, de miseria, hambre, analfabetismo y sobre todo de dependencia a los dictados de los Estados Unidos.-
Este conflicto, como todos los de su tipo genera, obviamente, enfrentamientos, represión, torturas y muerte de los más desposeídos y de los que luchan para hacer de ese país un estado con igualdad y equidad.-
Si la estructura estatal está al servicio de los poderosos, es más que evidente que también lo está la Justicia, la policía y los poderes públicos en general.-”[1]
Un análisis y desarrollo profundos de la situación que padece el pueblo hermano excede el alcance de este informe, no obstante, con el fin de ejemplificar la situación que se vive actualmente, vale mencionar un hecho ocurrido el 19 de julio próximo pasado, en el distrito de Ñumi, Departamento de Caazapa:
Más de mil campesinos y campesinas de la Mesa Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas (MCNOC) cerraron la ruta para exigir al gobierno el cumplimiento de las demandas.
La respuesta fue una violenta represión.
Hubo 51 detenidos en la Jefatura policial de Villarrica, entre ellos varios niños y una embarazada, ocho heridos de gravedad fueron trasladados al hospital de Villarrica Departamento de Guairá, desaparecieron 2 niños durante la represión y más de 200 campesinos fueron salvajemente torturados por más de 2 horas, desnudos, boca abajo, demostrando un verdadero ensañamiento contra los humildes labriegos.
Esta violencia sufren hoy, cotidianamente, los sectores populares de la sociedad paraguaya.
II.- Persecución, tratos crueles y torturas sufridos por los militantes del Partido Patria Libre.
Para desarrollar este punto, siguiendo el criterio usado en el título precedente, consideramos oportuno transcribir algunos párrafos de la presentación realizada por el equipo de abogados de F.I.D.E.L.A. en el expediente judicial sobre la extradición:
“Los abundantes testimonios de expertos y miembros de organismos de Derechos Humanos tanto paraguayos como argentinos y europeos, así como la documental acompañada al efecto, no dejarán dudas acerca de que en el Paraguay se tortura.-
Se tortura y se mata impunemente desde los propios organismos de poder, desde las instituciones policiales y militares, y que la justicia paraguaya en su gran mayoría, acepta y convalida tales procedimientos.-
Se verificará todo ello en casos como los de Arrom y Martí, hombres de la dirección del Partido Patria Libre, organización a la que pertenecen la mayoría de los requeridos y que fuera sindicada como autora del delito que origina la extradición.
Partamos de la base de la existencia de una abierta persecución a un partido de la izquierda paraguaya con raigambre social y con reconocimiento legal de su personería.-
Sin embargo la legalidad de dicho partido no ha sido obstáculo para su persecución:
Ya en 2002 se profundiza la represión y persecución a la izquierda en general y al PPL en particular.-
En enero de ese año fueron secuestrador y torturados varios integrantes del PPL por parte de organismos de seguridad del Estado –policía, inteligencia militar, Ministerio Público, Gobierno nacional- con la participación y dirección directa del ex fiscal general del Estado Oscar Latorre, de dos ex ministros (destituidos luego ante la evidencia del escándalo) de Justicia y Trabajo y del Interior –Julio Fanego- amén del conocimiento cierto que tenía el Presidente de la República de ese operativo que intentó aniquilar la organización.-
El líder histórico del PPL Juan Francisco Arrom, junto a Anuncio Martí, fueron rescatados por sus propios familiares –quienes a partir de recibir denuncias de vecinos- de una prisión clandestina (lo que para nuestros represores de la dictadura argentina sería un “chupadero”).-
Una movilización de familiares, compañeros de los prisioneros clandestinos, amigos y dos medios de prensa, el Canal de TV Nacional Telefuturo y la Radio Nacional Ñandutí AM rodearon la casa-prisión clandestina donde tenían secuestrados y torturados (y desaparecidos) por 14 días a ambos militantes.-
Los secuestradores huyeron del lugar ante la convergencia de cientos de pobladores, todo ello trasmitido en directo por los medios periodísticos mencionados.- En medio de semejante situación la aparición de la policía al lugar fue para intentar la re-captura de los dirigentes bajo la acusación de “rebelión armada y secuestros en alianza con las FARC Colombianas”.-
Durante el salvaje flagelo a los dos líderes de Patria Libre, el gobierno intentó forzarlos a que suscriban documentación ante el Ministerio Público declarándose culpables de rebelión armada y de secuestro junto a las FARC y al general Lino Oviedo.-
Solo la resistencia de los militantes durante esos 14 días junto a la colaboración de los vecinos que advirtieron la existencia de la cárcel clandestina, y por supuesto, la movilización de la gente impidió que se concretara una maniobra que bien puede constituir un guión para una novela de García Márquez.-
Hoy en día Juan Francisco Arrom sufre aún las secuelas de torturas que lo dejaron al borde de la parálisis.-
Pregúntese V.S. qué ocurrió con los responsables políticos de semejante bestialidad.-
Tanto el fiscal de Estado Oscar Latorre Cañete y el propio Presidente de la República fueron llevados a juicio político por graves cargos como violaciones a los Derechos Humanos, a las libertades de Organización y de Expresión políticas e ideológicas, Abuso de Poder en ejercicio de la función pública, prácticas de secuestro y tortura con fines políticos y Terrorismo de Estado.-
Ninguno de los dos pudo ser destituido a pesar del esfuerzo de los sectores democráticos paraguayos.- Para la destitución del Fiscal se lograron 31 votos en el parlamento contra 41 a favor.- En el caso del Presidente (quien fuera elegido “democráticamente” en su oportunidad) hubo dictamen en su contra en Diputados pero no en Senadores.-
El caso motivó la intervención de la CIDH-OEA que solicitó medidas cautelares a favor de los integrantes de Patria Libre y el juzgamiento por Terrorismo de Estado en el Parlamento Nacional del fiscal General del Estado y del señor Presidente de la Nación.-
El Estado paraguayo está siendo procesado en la CIDH-OEA por el caso de secuestro y tortura de los dirigentes de Patria Libre actualmente refugiados en Brasil.-
Sin embargo, en el ámbito judicial el caso marchó hacia la más absoluta impunidad.-
Esa es la actual administración de Justicia paraguaya.-
Así las gastan sus funcionarios y gobernantes y así los jueces que avalan esos procedimientos.-
Esta Defensa técnica, coherente con los principios de solidaridad con quienes luchan contra las injusticias, por la soberanía y por una patria sin exclusiones, pedirá en su momento en la instancia judicial correspondiente que no se entregue a éstos luchadores políticos y sociales a manos se semejantes gobernantes y de una administración de justicia que de ninguna manera garantiza que se evite los tratamientos a que hace referencia el art. 8 inc. e) de la Ley 24.767.-
Las pruebas que presentamos avalarán con exceso lo que aquí expresamos y servirán de elementos de convicción a V.S a fin de que, al momento de dictarse la resolución definitiva, pueda considerar que enviar a éstos hombres al Paraguay será someterlos a tratos degradantes y torturas físicas”.-
Por último, para cerrar este decálogo de terror, recordaremos que, con el pretexto de buscar a los responsables del asesinato del suboficial Oscar Antonio Noceda, sucedido el 7 de febrero de este año, en el departamento de Concepción, que se sospecha, trabajaba con narcotraficantes, el Presidente Duarte Frutos dijo que no parará hasta aniquilar los últimos residuos del Partido Patria Libre en Paraguay.
Conclusión
Del conocimiento sobre la realidad de los hechos surge que, por perversas razones políticas, estos compañeros sufren una doble injusticia: por un lado, son acusados de un terrible delito que no cometieron; por el otro, el gobierno argentino, a diferencia de sus pares de Bolivia y Brasil, elude su responsabilidad con los hombres injustamente perseguidos y se transforma en cómplice del poder que, a través del terror de estado, persigue, tortura y mata.-
Reflexionando sobre todo lo sucedido podemos inferir que no sólo está en juego la libertad, integridad y la vida de seis compañeros, que ya sería razón suficiente para luchar, sino que además, en su destino se juega el de los pueblos argentino y paraguayo; porque ya hemos sufrido la crueldad de regímenes que comenzaron actuando en hechos aislados, disfrazados de “institucionalidad”, para terminar sometiendo a todo el pueblo.
Por ello, no podemos ser indiferentes a esta realidad, debemos comprometernos para luchar con todos los medios posibles en contra de tanta injusticia e impunidad.-
[1] Párrafos transcriptos de la presentación realizada por el equipo de abogados de F.I.D.E.L.A. en la causa judicial por extradición.
4 mar 2008
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